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Order (Auto)November 4, 2015

A- de 2015

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Gloria Stella Ortiz Delgado

✓Claimant Ministra De Comercio, Industria Y Turismo Y Otra

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

3 topics · 3 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Con el presente auto se declara la pertinencia de la recusación formulada por la Ministra de Comercio, Industria y Turismo contra el conjuez César Rodríguez Garavito, por la causal objetiva de “haber conceptuado sobre la constitucionalidad de la disposición acusada”.

Conforme a lo anterior, se ordena la apertura del incidente de recusación.

Igualmente, se deniega la solicitud formulada por la misma Ministra, frente a la causal subjetiva de “tener interés en la decisión”.

Con relación a la recusación presentada por el Consejo Económico Colombo Asiático, la Corte decide rechazarla por falta de legitimación.

Por último, se advierte que los términos del proceso de la referencia se encuentran suspendidos.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (9 points)
  1. Primero. DECLARAR la pertinencia de la recusacion formulada por la Ministra de Comercio Industria y Turismo contra el conjuez Cesar Rodriguez Garavito por la causal objetiva "haber conceptuado sobre la constitucionalidad de la disposicion acusada", prevista en el articulo 25 del Decreto 2067 de 1991, conforme a lo expuesto en esta providencia. En consecuencia, se ordena la apertura del incidente de recusacion.
  2. Segundo. CORRER TRASLADO por el termino de un (1) dia para que el conjuez Cesar Rodriguez Garavito rinda informe complementario sobre la recusacion presentada por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
  3. Tercero. En caso de que el recusado no acepte los hechos presentados por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, se fijara como periodo probatorio el termino de ocho (8) dias, dentro de los cuales, la entidad recusante cuenta con tres (3) dias para solicitar pruebas y posteriormente habra cinco (5) dias para practicarlas. De oficio se decreta la incorporacion de los siguientes documentos:
  4. a. El articulo de autoria del recusado, de 20 de febrero de 2005 publicado en la Revista Semana, titulado ?Es inconstitucional el TLC?
  5. b. La intervencion ciudadana suscrita, entre otros, por el ciudadano Cesar Rodriguez Garavito dentro del expediente LAT-311 en el cual se examino la constitucionalidad de la Ley 1143 de 2007 "Por medio de la cual se aprueba el Acuerdo de Promocion Comercial entre la Republica de Colombia y los Estados Unidos de America" y del respectivo instrumento internacional."
  6. Cuarto. DENEGAR la solicitud de recusacion formulada por la Ministra de Comercio Industria y Turismo contra el conjuez Cesar Rodriguez Garavito por la causal subjetiva "tener interes en la decision", prevista en el articulo 25 del Decreto 2067 de 1991, conforme a lo expuesto en este auto.
  7. Quinto. RECHAZAR la solicitud de recusacion presentada por el Consejo Economico Colombo Asiatico, por falta de legitimacion.
  8. Sexto. ADVERTIR que los terminos en el proceso de la referencia se encuentran suspendidos, de conformidad con el articulo 48 del Decreto 2067 de 1991.
  9. Septimo. Contra este auto no procede recurso.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.